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Artículo 1 de la Ley 4.897 · Ley núm. 4,897

Ley núm. 4,897

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 208928 / 7298854.

Texto oficial

Artículo 1º Autorízase al Presidente de la República para emitir, en moneda nacional o extranjera, pagarées descontables de Tesorería, sin interés, destinados a la regularización de las entradas y los gastos fiscales en los diversos meses de cada año.