Texto oficial
Art. 4º La Caja de Crédito Agrario, podrá acogerse a las disposiciones de los artículos 1º y 2º de la ley número 4,327, de 26 de Marzo de 1928.
Ley num. 4,806
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 209030 / 6419614.