Saltar al contenido

Artículo 45 del Decreto Con Fuerza de Ley 33

Decreto con fuerza de ley numero 33

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 209407 / 7299199.

Texto oficial

Art. 45. Las Juntas locales, fuera de las atribuciones y deberes que esta ley les impone, tendrán las que el Presidente de la República determine.