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Artículo 69 del Decreto Con Fuerza de Ley 33

Decreto con fuerza de ley numero 33

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 209407 / 7299225.

Texto oficial

Art. 69. Los juicios que, en esta ley no tuvieren una tramitación especial, se substanciarán en conformidad a las disposiciones del procedimiento sumario, el cual no podrá substituirse, en caso alguno, por el de juicio ordinario.