Saltar al contenido

Artículo 72 del Decreto Con Fuerza de Ley 33

Decreto con fuerza de ley numero 33

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 209407 / 7299229.

Texto oficial

Art. 72. En caso de existir dudas acerca de sí los sitios que se vendan o se arrienden, quedan o no comprendidos por las disposiciones de los arts. 48 y 55, la cuestión será resuelta por la Junta Central de la Habitación Popular, previo informe de la Municipalidad respectiva.