Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 4.642 · Ley num. 4642

Ley num. 4642

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 209777 / 6422128.

Texto oficial

Artículo 1.o Concédese, por gracia, a don Félix Le Beuffe Thomas, el derecho a jubilar, con el sueldo íntegro de dieciocho mil pesos ($ 18,000) anuales, asignado a los cargos que desempeña como secretario de la Comisión Radicadora y del Tribunal de División de las Comunidades de Indígenas.