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Artículo 1 de la Ley 19.871 · Autoriza erigir un monumento en la localidad de isla negra, en memoria de pablo neruda

Autoriza erigir un monumento en la localidad de isla negra, en memoria de pablo neruda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 210127 / 8368932.

Texto oficial

"Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la localidad de Isla Negra o en su entorno, en memoria de don Pablo Neruda, Premio Nobel de Literatura, 1971.