Texto oficial
Artículo 1º.- Créase el Registro Nacional de
Servicios de Transporte Remunerado de Escolares a que se
refiere la ley 19.831, en adelante el Registro, el cual
estará conformado por los Registros Regionales, a cargo de
las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y
Telecomunicaciones.