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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 256

Aprueba exenciones tributarias a los productos que se exporten

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 210843 / 7299954.

Texto oficial

Artículo 20º Los porcentajes que se aplicarán sobre el valor FOB de las mercaderías que se exporten serán los que fije el Presidente de la República previo informe de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Superintendencia de Aduanas, en su caso.