Texto oficial
Artículo transitorio: La primera designación de los
integrantes de la Comisión Técnica señalada en el
artículo 24 de este Reglamento se realizará en la primera
sesión del Consejo de Rectores de las Universidades
Chilenas que se celebre con posterioridad a la firma del
convenio a que se refiere el inciso segundo del artículo
24.