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Artículo 6 (DEL ART. VIGESIMOSEXTO) de la Ley del Nuevo Trato

Regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211480 / 8649035.

Texto oficial

Artículo 6°.- Los organismos de la administración civil del Estado estarán obligados a proporcionar a la Dirección Nacional la información relacionada con la implementación de las políticas de personal que ésta les solicite.