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Artículo 5 de la Ley 4.915 · Proyecto de ley:

Proyecto de ley:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211590 / 6428347.

Texto oficial

Art. 5.o Las disposiciones de la presente ley no regirán en el Territorio de Magallanes, respecto de los animales destinados a la industrialización o consumo dentro del mismo territorio.