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Artículo 8 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 236

Aprueba bases generales reglamentarias de contratacion de obras para los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211854 / 7300991.

Texto oficial

Artículo 8º.- Los equipos empresariales que deseen participar en un concurso oferta, deberán inscribirse en los registros especiales que abrirán los Serviu al efecto, conforme a lo establecido en el D.S. Nº 127 (V. y U.) de 1977. En dichos registros quedará constancia, en acta firmada por el representante legal del equipo empresarial, de los componentes de cada equipo y de las relaciones, funciones y responsabilidades de cada uno de ellos. La empresa constructora deberá, además, estar inscrita en el Renac y cumplir con las exigencias que establece el reglamento de dicho Registro.