Texto oficial
Artículo 9º.- Los profesionales y empresas en cuyo
favor se haya resuelto el concurso oferta, deberán
responder, directa e independientemente, por los trabajos
que según las bases administrativas especiales les
corresponda aportar.
Sin perjuicio de lo anterior, los integrantes del
equipo empresarial responderán solidariamente ante el
Serviu, aún cuando los documentos aparezcan firmados
únicamente por el representante legal de la empresa
constructora integrante.