Texto oficial
Artículo 22.- Las propuestas serán solicitadas por el
Director del Serviu, conforme al número 3 del artículo 4º
de este reglamento, y en ellas podrán participar los
contratistas inscritos en el Renac, en las categorías que
correspondan, según el presupuesto oficial estimativo de la
obra. Con anterioridad a la fecha de apertura de la
propuesta, debe encontrarse totalmente aprobada la
resolución que apruebe tanto las bases administrativas
especiales como las bases técnicas.