Saltar al contenido

Artículo 23 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 236

Aprueba bases generales reglamentarias de contratacion de obras para los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211854 / 7301007.

Texto oficial

Artículo 23.- En los casos de obras que requieran inscripción en un registro especial del Renac, éste deberá estar vigente antes del llamado a licitación. El Serviu podrá establecer en las bases administrativas especiales, requisitos especiales de experiencia, capacidad económica, calificación en contratos u otros que estime convenientes, como condición para participar en las licitaciones que a su juicio lo requieran. Estos requisitos especiales deberán incluirse en la publicación del llamado a licitación.