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Artículo 143 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 236

Aprueba bases generales reglamentarias de contratacion de obras para los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211854 / 7301133.

Texto oficial

Artículo 143.- La autoridad que corresponda podrá convenir con el proveedor o bien establecerlo en las bases especiales de las propuestas, según proceda, las modalidades de entrega y pago. Cuando fuere procedente, podrán pactarse reajustes de los precios convenidos. El Serviu podrá mantener registros de proveedores, cuando no se trate de aquellos de construcciones industrializadas o prefabricadas a que se refiere el Reglamento del Renac.