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Artículo 10 de la Ley 1.462 · De reclutas i reemplazos del ejercito i armada

De reclutas i reemplazos del ejercito i armada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 212586 / 8849789.

Texto oficial

DEL REJISTRO Art. 10. El Rejistro de inscripción se formará con arreglo a las circunscripciones del Rejistro Civil.