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Artículo 31 de la Ley 19.886 · Ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestacion de servicios

Ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestacion de servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 213004 / 8649178.

Texto oficial

Artículo 31.- El patrimonio del Servicio estará constituido por: a) Los aportes que se consulten anualmente en la Ley de Presupuestos; b) Los bienes que adquiera y los frutos que ellos produzcan; c) Los aportes de otras entidades públicas o privadas, sean nacionales, extranjeras o internacionales, y d) Los demás ingresos que generen sus propias operaciones y aquellos que legalmente le correspondan.