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Artículo 28 de la Ley 7.726 · Modifica las disposiciones que se indican del titulo i del libro iv del código del trabajo

Modifica las disposiciones que se indican del titulo i del libro iv del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 213356 · idParte: 7302380

Texto oficial

Artículo 28. La escala de sueldos del personal de los Escalafones Inspectivos, Administrativo y Judicial de la Dirección General del Trabajo será la siguiente: Escalafón inspectivo a) Director General, s/g $ 66,000 b) Jefes de Departamentos Técnicos, grado 2º 54,000 c) Inspectores Visitadores Zonales, grado 3º 47,000 d) Jefes Provinciales de primera categoría, Ingenieros técnicos zonales y Visitadores-Contadores, grado 4º 42,000 e) Jefes Provinciales segunda cate- goría y Jefe Médico, grado 5º 37,000 f) Jefes Provinciales tercera cate- goría, Jefes de Sección de la Dirección General y Visitadora Social, grado 6º 33,000 g) Jefes Provinciales cuarta catego- ría y Jefes de Secciones, grado 7º 30,000 h) Inspectores primeros e Inspecto- res Técnicos Marítimos, grado 8º 27,000 i) Inspectores segundos y terceros, grado 9º 24,000 j) Inspectores cuartos, grado 10º 21,600 k) Inspectores ayudantes, grado 11º 18,600 Escalafón Administrativo a) Jefe Departamento Administrativo, grado 3º $ 47,000 b) Jefe Servicio de Control, grado 4º 42,000 c) Jefes de Sección, grado 7º 30,000 d) Oficiales primeros, grado 9º 24,000 e) Oficiales segundos y terceros, grado 11º 18,600 f) Oficiales cuartos y Oficiales de Cesantía, grado 12º 16,600 g) Oficiales quintos, grado 15º 14,000 Personal de Servicio a) Mayordomo General, grado 11º $ 18,600 b) Porteros primeros, grado 13º 15,000 c) Porteros segundos y terceros, grado 15º 14,000 d) Porteros cuartos, grado 16º 13,000 e) Porteros quintos, Oficiales de Sala y Porteros de Juntas de Concilia- ción, grado 17º 12,000 Escalafón Judicial a) Abogado Jefe Departamento Jurí- dico y Ministros de Cortes del Trabajo 60,000 b) Jueces de primera categoría 54,000 c) Jueces de segunda categoría, Abogados del Departamento Jurí- dico y Jefe de la Oficina Inter- nacional de dicho Departamento 48,000 d) Secretario y Relator de la Corte del Trabajo de Santiago y Secre- tarios de las demás Cortes del Trabajo 42,000 e) Jueces de tercera categoría 38,000 f) Secretarios de Juzgados de prime- ra categoría y Secretario del Departamento Jurídico 36,000 g) Secretarios de Juzgados de segunda categoría y Oficiales de Cortes del Trabajo 30,000 h) Secretarios de Juzgados de tercera categoría, Oficiales primeros de Juzgados de primera categoría y Oficial Ayudante de la Corte del Trabajo de Santiago $ 29,000 i) Receptores de Juzgados de primera categoría 27,000 j) Oficiales segundos de Juzgados de primera categoría y Oficial dacti- lógrafo del Departamento jurídico 26,000 k) Oficiales primeros de Juzgados de segunda categoría 23,000 l) Receptores de Juzgados de segunda categoría 20,000 m) Oficiales segundos de Juzgados de segunda categoría y Oficiales se- gundos de Juzgados de tercera ca- tegoría 18,000 n) Porteros de Cortes del Trabajo 16,000 ñ) Porteros de Juzgados y Telefonis- tas de los Juzgados de Santiago 15,000