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Artículo 4 transitorio de la Ley 7.726 · Modifica las disposiciones que se indican del titulo i del libro iv del código del trabajo

Modifica las disposiciones que se indican del titulo i del libro iv del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 213356 · idParte: 7302388

Texto oficial

Artículo 4º Para la primera designación de vocales que se haga conforme a la presente ley, las ternas se presentarán dentro de los treinta días de la fecha de su promulgación, y por el plazo de cuarenta y cinco días contados desde la misma fecha, continuarán en funciones los vocales en actual servicio.