Texto oficial
Artículo 33.- Los criterios de evaluación de los
proyectos que establezca el reglamento deberán incluir, a
lo menos, la calidad de la propuesta, el impacto y
proyección artístico y cultural del proyecto, y los
aportes privados, cuando corresponda.
Las bases de cada concurso determinarán los
ponderadores de evaluación de cada uno de los criterios.