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Artículo 1 de la Ley 13.000 · Prorroga la vigencia del impuesto establecido en la ley n.o 12.710

Prorroga la vigencia del impuesto establecido en la ley n.o 12.710

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 214395 / 6438420.

Texto oficial

Artículo 1.o Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de 1961 la vigencia del impuesto establecido por el artículo 1° de la ley 12.710, de 9 de Noviembre de 1957, cuyo rendimiento será de beneficio fiscal a contar del 1.o de Enero de 1960.