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Artículo 2 de la Ley 13.000 · Prorroga la vigencia del impuesto establecido en la ley n.o 12.710

Prorroga la vigencia del impuesto establecido en la ley n.o 12.710

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 214395 / 6438421.

Texto oficial

Artículo 2.o Facúltase al Banco del Estado de Chile para que conceda a la Sociedad Odontológica de Chile un préstamo de hasta 20 millones de pesos, con garantía de los recursos que producirá esta ley, efecto para el cual no regirán las disposiciones restrictivas de su ley orgánica y reglamento. La Sociedad Odontológica de Chile invertirá esta suma en la atención de los gastos que demande la celebración del IV Congreso Internacional de Odontología de Chile que se efectuará en el mes de noviembre próximo en nuestro país. La Sociedad Odontológica de Chile deberá rendir cuenta documentada de la inversión a la Contraloría General de la República.