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Artículo 10 del Decreto 104

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del titulo i de la ley 16.282

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 214423 / 8369404.

Texto oficial

Artículo 10º.- Autorízase al Presidente de la Ley 16.282, Art. República para que pueda transferir del Presupuesto de la 9º. Nación las sumas necesarias para financiar aquellos gastos ocasionados con motivo del sismo o catástrofe que imposibiliten el correcto funcionamiento de las instituciones que aportaron a la misma con recursos propios. La Contraloría General de la República tramitará con carácter de urgente los decretos de traspasos que dicte en virtud de este artículo.