Texto oficial
Artículo 12º.- Los actos y acuerdos de la Comisión y las decisiones del presidente, que deban materializarse en resoluciones, estarán exentos del trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República. No obstante, corresponderá a dicho organismo fiscalizarlos de acuerdo con lo dispuesto en la ley Nº 10.336.