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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 119

Decreto con fuerza de ley numero 119

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 214628 / 7303634.

Texto oficial

Art. 7º Todos los impuestos que se establecen en el artículo 6 de este decreto, se pagarán en cada título, certificado o actuación, en estampillas, que se adherirán al lado de la firma del funcionario que autorice, quien deberá inutilizarlas con su sello.