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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 119

Decreto con fuerza de ley numero 119

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 214628 · idParte: 7303637

Texto oficial

Art. 10. Reemplázase el número 46 del artículo 7º de la ley número 4,460, de 13 de Noviembre de 1928, por el siguiente: "46 Copias dadas por los Notarios, Archiveros, Secretarios, y demás funcionarios del orden judicial, con excepción de Conservadores, papel sellado de cincuenta centavos".