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Artículo 1 del Decreto Ley 9

Establece disposiciones para dictacion de decretos supremos y resoluciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215070 / 8369491.

Texto oficial

Artículo 1°.- los Decretos Supremos podrán llevar la sola firma del Presidente de la Junta de Gobierno, precedida de la mención "Por la Junta de Gobierno" y la firma del Ministro del ramo.