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Artículo 1 del Decreto Ley 41

Asciende personal del cuadro permanente post mortem

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215086 / 6441128.

Texto oficial

Artículo 1°.- Asciéndese, por gracia, a contar desde el 29 de Junio de 1973, para todos los efectos legales y previsionales, al siguiente personal del Cuadro Permanente y Conscriptos del Ejército, muertos en actos del servicio: SG1. Rafael Villena Cabello, a SOM. CB1. José R. Jorquera Jorquera, a SG1. CB2. Luis O. Torres Muñoz, a SG2. SLC. Sergio Figueroa Véliz, a CB2. SLC. José A. Conejeros Huenchiñir, a CB2. SLC. Federico Ugarte Segura, a CB2. SLC. Samuel Tapia Llanca, a CB2.