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Artículo 2 del Decreto Ley 91

Dispone cese de los funcionarios que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215126 / 8369513.

Texto oficial

Artículo 2°.- El presente decreto ley regirá desde el 12 de Septiembre de 1973.