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Artículo 11 del Decreto Ley 197

Fija impuesto unico a las mercancias extranjeras que indica en situacion aduanera irregular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215130 / 6441273.

Texto oficial

Artículo 11º.- Pagado oportunamente el cargo formulado, la Aduana entregará al interesado un ejemplar de la solicitud con todas sus constancias, el cual será suficiente título para acreditar la legal internación y el saneamiento de la situación aduanera de la mercancía. El ejemplar original, extendido en igual forma que el anterior, se remitirá a la Contraloría General de la República para la rendición de cuentas.