Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto Ley 166

Fija composicion de los consejos de administración de las cajas de compensacion de asignacion familiar obrera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215154 / 9004596.

Texto oficial

Artículo 4°.- Los Consejos que se crean por el presente decreto ley tendrán las facultades establecidas por el citado decreto N° 640, para los Consejos de Administración de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar Obrera.