Texto oficial
Artículo 4°.- Los Consejos que se crean por el
presente decreto ley tendrán las facultades establecidas
por el citado decreto N° 640, para los Consejos de
Administración de las Cajas de Compensación de Asignación
Familiar Obrera.
Fija composicion de los consejos de administración de las cajas de compensacion de asignacion familiar obrera
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215154 / 9004596.