Texto oficial
Artículo 2º.- Auméntase a Eº 1.700 mensuales, a contar del 1º de Febrero de 1974, la asignación de movilización a que se refiere el artículo anterior y la concedida por el artículo 20º del decreto ley Nº 97, de 1973.
Establece monto de asignacion de movilizacion para los trabajadores publicos y privados a contar del mes de febrero de 1974
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215164 / 6441383.