Texto oficial
Artículo 4º.- Los empleados de casas particulares percibirán el 50% del anticipo establecido en el artículo primero, en la forma y época que él dispone.
Ordena anticipo de reajuste para trabajadores del sector privado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215284 / 6441772.