Saltar al contenido

Artículo 2 del Decreto Ley 149

Declara disuelta la comsion organizadora de la 61ª conferencia interparlamentaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215601 / 9004612.

Texto oficial

Artículo 2°.- Los pagos pendientes se harán previa orden escrita del Presidente de la Comisión Organizadora, y se efectuarán con cargo a los fondos depositados en las cuentas corrientes bancarias abiertas a nombre de la 61ª. Conferencia Interparlamentaria con la sola firma del Secretario del Senado.