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Artículo 3 del Decreto Ley 149

Declara disuelta la comsion organizadora de la 61ª conferencia interparlamentaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215601 / 9004613.

Texto oficial

Artículo 3°.- Dentro del plazo de 30 días, contado desde la publicación del presente decreto ley en el Diario Oficial, el Presidente de la Comisión Organizadora deberá completar la rendición de cuentas hechas al Secretario del Senado con los documentos disponibles.