Texto oficial
Artículo 3.o- Una Comisión de técnicos del Ministerio de Defensa Nacional, dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación del presente decreto ley, procederá a la tasación del inmueble expropiado.
Declara de utilidad publica y expropia inmueble que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 216051 / 7304517.