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Artículo 4 del Decreto Ley 459

Aprueba planta del instituto antartico chileno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 216351 / 7304791.

Texto oficial

Artículo 4°.- Las disposiciones del presente decreto ley regirán desde el 1° de Enero de 1974.