Texto oficial
Artículo 2º. Para el desempeño de los cargos de las
plantas contenidas en el artículo precedente, además de
los requisitos generales establecidos en la ley Nº 18.834,
sobre Estatuto Administrativo, se requerirá cumplir con las
siguientes exigencias:
Jefe Superior del Servicio, Plantas de Directivos de
Exclusiva Confianza y de Carrera y de Profesionales:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste.
Adicionalmente, para desempeñarse en los cargos grado 6º y
superiores se requerirá cinco años de experiencia
profesional, y para desempeñarse en los cargos ubicados en
los grados 7º y 8º se requerirá tres años de experiencia
profesional.
Planta de Administrativos: Licencia de Educación Media o
equivalente.
Adicionalmente, para desempeñarse en los cargos grado 13º
se requerirá cinco años de experiencia laboral y, a lo
menos, 90 horas de capacitación en materias afines a la
función, y para desempeñarse en el cargo grado 15º se
requerirá tres años de experiencia laboral y, a lo menos,
90 horas de capacitación en materias afines a la función.
Planta de Auxiliares: Haber aprobado la Educación Básica.