Texto oficial
Artículo 21.- Derógase el artículo 190 de la ley
Nº16.464.
Adecua la legislacion que indica conforme a los acuerdos de la organizacion mundial del comercio omc suscritos por chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 216656 / 8535406.