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Artículo 5 del Decreto 92

Aprueba reglamento del comite consultivo del adulto mayor

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217789 / 8649506.

Texto oficial

Artículo 5º.- Corresponderá al Comité Consultivo: a) Asesorar al Director Nacional en todo lo relativo a las acciones, planes y programas del Servicio sometidos a su consideración. b) Realizar las sugerencias que estime convenientes. c) Formular al Director Nacional las observaciones y proposiciones que considere necesarias. d) En general, dar su opinión en las materias en las que se solicite su colaboración.