Saltar al contenido

Artículo 6 del Decreto 685

Aprueba reglamento de la ley nº 19.856, que crea un sistema de reinsercion social de los condenados en base;a la observacion de buena conducta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217983 / 8149165.

Texto oficial

Artículo 6º.- Para todos los efectos pertinentes, deberá estarse íntegramente a lo dispuesto en los incisos 1º y 2º del artículo 48 del Código Civil, en particular en lo que se refiere al número de días que completan un mes. Así, si se tratare de reducir un mes de la condena original, y la persona cumpliere aquélla un 15 de noviembre, deberá entenderse cumplida el 15 de octubre del año en cuestión, descontándose en consecuencia 31 días de condena. De manera análoga, si la condena original se cumpliere un 31 de diciembre, la reducción de un mes de condena redundará en su cumplimiento el 30 de noviembre del mismo año, es decir, el último día del mes en que la reducción de condena se haría efectiva.