Texto oficial
Artículo 4º.- Tratándose de procedimientos
substanciados conforme al Código de Procedimiento Penal, se
estará especialmente a lo dispuesto en las reglas
siguientes:
a) Las referencias hechas en este reglamento a los
imputados, se entenderán efectuadas a los procesados.
b) Las referencias hechas en este reglamento a la
formalización de la investigación, se entenderán
efectuadas al auto de procesamiento.