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Artículo 3 del Decreto Ley 652

Reconoce en la forma que indica el beneficio establecido en el articulo 1º del decreto ley nº 479, de 1974, a los funcionarios y personal de las universidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 218312 · idParte: 7305840

Texto oficial

Artículo 3º.- Reemplázase en el artículo 2º del decreto supremo Nº 859, de Hacienda, de 1974, el porcentaje "50%" por "20%". Deróganse los artículos 1º y 2º transitorios del referido decreto supremo Nº 859.