Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 20 · Patrones de bote i marineros de los resguardos de las aduanas.- se fijan nuevos sueldos

Patrones de bote i marineros de los resguardos de las aduanas.- se fijan nuevos sueldos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 21894 / 5946496.

Texto oficial

ART. 3.° Esta lei comenzará a rejir el 1.° de Marzo de 1893.