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Artículo 3 de la Ley 37

Lei de conversion metálica de 26 de noviembre de;1892.- se introducen diversas modificaciones i derogan;varios artículos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 21910 / 5946546.

Texto oficial

ART. 3.° El papel-moneda pagado por el Estado, en conformidad a los dos artículos anteriores, será incinerado en la forma ordinaria.