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Artículo 6 del Decreto Ley 876

Fija asimilaciones respecto de los cargos de la planta de la direccion general de investigaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 219602 / 6456935.

Texto oficial

Artículo 6º.- Las referencias de los incisos 1º y 2º del artículo 64º del DFL Nº 2, de Interior, de 1968, a: "Escuela de Carabineros" y "Aspirantes a Oficiales", deben entenderse también hechas a: "Escuela Técnica de Investigaciones" y "Aspirantes a Detectives", para su aplicación a la Dirección General de Investigaciones.