Texto oficial
Artículo 2º.- El encasillamiento de los cargos señalados en el artículo precedente será efectuado mediante resolución dictada por el Director Ejecutivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear.
Modifica la planta y ubicacion en la escala unica, del personal de la comision chilena de energia nuclear
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 219729 / 7306668.