Texto oficial
Artículo 2.o Se declara que en las comunas de Los Andes y Curicó, se han cumplido los requisitos establecidos en el inciso 2.o del artículo 8.o de la presente ley.
Autoriza al presidente de la república para contratar creditos hasta por la suma de $ 10.000,000 para atender al pago de obras de pavimentacion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 220556 / 8842685.